Autoriza el Secretario de Finanzas del Distrito Federal el cobro de contribuciones locales a particulares.
03 Diciembre 2008
Escrito por: Lic. Ana Isabel Flores Solano.
El pasado 2 de diciembre de 2008, salió publicada en la Gaceta del Gobierno del Distrito Federal diversas resoluciones que autorizan a particulares, llámese personas físicas o personas morales para prestar los servicios de tesorería que en la misma resolución se indican, de conformidad con el artículo 343 del Código Financiero del Distrito Federal, en estas resoluciones destaca como punto importante, el hecho de que dichos particulares pueden llevar con mayor eficiencia y eficacia la recaudación tributaria para el Distrito Federal y otorgar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
La resolución señala que se autoriza específicamente el servicio de recaudación a través de la coadyuvancia para la realización de todos aquellos actos necesarios para ejercer el Procedimiento Administrativo de Ejecució como personal habilitado, inclusive se autoriza la asesoría para la defensa de los intereses de la Hacienda Pública Local.No deja de causar extrañeza dicha resolución de autorización por varias razones e interrogantes siguientes:
A.- ¿Son más eficaces los particulares para ejercer procedimientos administrativos, que las propias autoridades?
B.- ¿Son más confiables los particulares para realizar la recaudación?
C. ¿De qué manera se pagaran los honorarios a estos particulares por los servicios de recaudación que prestaran?
D. ¿No estarán haciendo de abogado del diablo estos particulares; toda vez, que defenderán a la Hacienda Pública?
Es un hecho que no deja de asombrarnos y que debe tomarse muy en cuenta; ya que ahora tendremos no solo a las autoridades fiscales locales cobrando; sino también a dichos particulares requiriendo el pago de contribuciones y aprovechamientos locales.
Es para pensarlo, ¿no creen?
Lic. Ana Isabel Flores Solano.
Catedrática de la Facultad de Derecho, de la
Universidad Nacional Autónoma de México.
Abogada Fiscalista AFISE.
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AFISE Abogados - Artículo
escrito por carlos rene garciasela cid , mayo 17, 2009



