Publicidad Comparativa en Materia de Precios de Bienes, Productos o Servicios

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PROFECO

AFISE Abogados - Noticias Jurídicas.- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos de Información o Publicidad Comparativa en Materia de Precios de Bienes, Productos o Servicios que regularán la práctica comercial de comparación de precios, a fin de que ésta sea veraz, adecuada y clara para que los consumidores tomen decisiones de consumo inteligentes y a su vez se fomenten mercados competitivos y eficaces.

Así lo dio a conocer el Procurador Federal del Consumidor, Antonio Morales de la Peña, quién manifestó su beneplácito por la publicación de esta herramienta legal sin precedentes, pues beneficia a los consumidores al obligar a los proveedores a respetar criterios para que la comparación de precios no sea engañosa o abusiva para el consumidor. Dijo: “Estos lineamientos son producto de una demanda de claridad de la información que atiende uno de los principios de las relaciones de consumo: información contundente, adecuada y veraz, presentada en forma tal que no induzca a error o confusión al consumidor”.

El funcionario aclaró que los lineamientos de Información o Publicidad Comparativa, entrarán en vigor dentro de 90 días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. “A partir de este hecho, -agregó- la Profeco fortalece sus atribuciones para vigilar y sancionar una práctica comercial que afectaba la economía del consumidor”.

Los lineamientos incluyen criterios que obligan al proveedor a tener elementos documentales que aseguren la veracidad y claridad de la comparación, como es el comprobante de compra o la fe pública que debe obtenerse respecto del precio ofrecido por el proveedor que se compara.

Asimismo los lineamientos prevén que la comparación puede hacerse independiente del medio de comercialización, lo cual genera competencia entre los distintos canales en que actualmente se venden bienes, productos o servicios, como son las ventas por teléfono con aquellas realizadas en piso de venta y por internet.

De igual manera, los lineamientos prevén que la comparación de precios puede difundirse por cualquier medio de comunicación, para lo cual establece criterios claros y que dan certeza jurídica a la industria para su realización con apego a los principios de protección al consumidor previstos en la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC).

Las infracciones que se deriven del incumplimiento del presente Acuerdo, se sancionarán de conformidad con las disposiciones relativas de los capítulos XIII y XIV de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Asimismo se podrán aplicar las medidas precautorias que procedan conforme a la misma ley.

Morales de la Peña mencionó que la incorporación de estos lineamientos resulta puntual y necesaria, pues es creciente el número de proveedores que está adoptando la práctica comercial de informar o dar a conocer en su publicidad precios comparados a los consumidores de sus bienes, productos o servicios, tomando en consideración que el precio impacta en sus decisiones de compra.

El funcionario destacó que los lineamientos corrigen asimetrías de información en el mercado que se generan cuando la comparación de precios tiene datos, frases o demás elementos que inducen a error o confusión a los consumidores.

Finalmente, comentó que la Profeco podrá supervisar la práctica comercial de comparación de precios de manera integral, tanto en piso de venta (establecimientos) como en los diversos medios de comunicación (prensa, radio, internet, entre otros).

Fuente: PROFECO.

Publicidad Comparativa en Materia de Precios de Bienes, Productos o Servicios

Comentarios (1)add
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escrito por manolo , junio 28, 2010
Y que le ocurre a una empresa cuando la condena autocontrol como a don simon? Es como un juicio civil normal?
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